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Rebaja irpf autonomos: más ventajas en las facturas.

30/01/2016 07:10 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Este nuevo año 2016 se han aplicado una serie de rebaja irpf autonomos, que dará lugar a determinadas ventajas en sus facturas.

Como norma general, los autonomos que esten activos en el ejercicio 2016 deberán retener en sus facturas un tipo impositivo del 15%. Ahora bien, para los autonomos que inicien su actividad en este año y en los dos siguientes a 2016, se aplicarán una retención del 7%.

Estas medidas suponen un incremento de disponible para poder hacer frente a otros tipo de gastos, teniendo en cuenta que la retención para el inicio de actividad rondaba el 9% en e inicio de actividad en periodos anteriores al año 2016.

Este mismo tipo era aplicable para determinadas actividades profesionales, como los mediadores de seguros o recaudadores municipales que ya venian disfrutando una rebaja de dos puntos desde el pasado mes de julio.

Eso sí, hay que tenr en cuenta que todos aquellos profesionales que se dediquen a realizar cursos, conferencias, seminarios o elaboren obras literarias, deberán aplicarse una retención del 15%.

Otra de las ventajas en el irpf es que se ha suprimido la retención del 15% para los rendimientos de actividades ecónomicas del ejercicio anterior y las rentas que superen los 600.000€, la rebaja es de doas puntos porcentuales pasando del 47% al 45%.

Un dato a tener en cuenta es que los trabajadores desplazados fuera del territorio español, mantienen el mismo tipo de retención que se venía aplicando, es decir, un tipo del 24%.

En relación al sector de la ganadería y los módulos, para los consejeros y administradores sociales de sociedades pertencientes al sector también hay una rebaja en el irpf, pasando del 37% al 35%en 2016, siempre y cuendo dichas entidades facturen más de 100.000€. El resto de entidades que tenga una facturación inferior pasa del 19, 5% al 19%.

Esta retención del 19% deberán aplicarla los que tengan derecho de imagen, ganancias patrimoniales, capital mobiliario y capital inmobiliario.

En el caso de módulos en activiades ganaderas, agrícolas y forestales, se mantienen la retención del 2% y las de ganado porcino en el 1%. En todos los demás módulos se mantiene los tipos aplicables tanto en IVA como en IRPF y tambien la reducción del 5% en el rendimiento neto.

No obstante, para mantenerse en el régimen de módulos, las condiciones mínimas se han endurecido de cara al 2016. De esta manera, baja el máximo de ingresos admitidos, pasando de 450000€ a 250000€ y el de compras del 300000€ a 250000€. En 2018, está previsto que en ambos casos, se quede en 150000€.

Cualquier duda o comentario, pueden rellenar el siguiente formulario y atenderemos sus dudas lo antes posibles. Estamos a su entera disposición.

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Sobre esta noticia

Autor:
Aserline Asesores S.l (45 noticias)
Fuente:
aserline.es
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Tipo:
Reportaje
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