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Análisis por Artículo del Porqué No sirve para Chile la Nueva Constitución de la C.C. Parte I. Por Nelson Castro Q

15/08/2022 13:08 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Chile en grave peligro de Caer a gobierno Socialista-Chavista por la nueva Constitucion de la C.C. que quieren imponer el P.C., F.A. y gobierno de Boric. Al menos 121 articulos que destruyen CHILE

Parto diciendo, que como uno mas, que vivió la triste experiencia de la lucha de clases que planteo el gobierno de Salvador Allende en los 70 que destruyo el país y sabemos como termino, actualmente ocurre algo similar con el gobierno del sr Boric respaldado en su programa de acción por  el partido comunista y Frente Amplio, hermano de doctrina, puede llevarnos a un estado socialista. Aunque me preocupa mas, que aun hayan personas que creen en los cuentos del marxismo-leninismo, que esta azotando nuevamente a latino America con gobiernos similares (http://cl.globedia.com/ilegal-antidemocratica-tiranica-constitucion-imponer-chile-nelson-castro) especialmente a Chile, con personas que seguramente tuvieron la experiencia de Allende, pero votaron por un plebiscito de una nueva constitución; eligiendo una C.C. ultra izquierdista; luego un gobierno también ultra izquierdista.

Porque hay personas que buscan experimentar con doctrinas que han fracasado históricamente, que es el modelo izquierdista marxista, que donde llego, experimento fracasos y atrasos para su población. Siendo solo medianamente exitosos, donde simplemente hay un dominio total de las libertades personales, que no compliquen a los gobiernos centrales como Federacion Rusa, China Popular (http://cl.globedia.com/la-influencia_4). Los casos restantes son mas tiranos como Corea del Norte, Irán (http://cl.globedia.com/ilegal-antidemocratica-tiranica-constitucion-imponer-chile-nelson-castro).

Pero en Latino America y Chile, nunca se han aplicando los modelos de la social-democracia europea, que tampoco han sido muy exitosas como en Alemania, Francia, España, porque hoy la situación europea, antes de la Pandemia del Covid, fue de gobiernos muy inestables, que eran constantemente censurados y no terminaban su periodo presidencial como España. O bien como el caso francés, donde los chaquetas amarillas, tuvieron por mucho tiempo, a ese gobierno muy desestabilizado o Alemania, que económicamente mantuvo a la unión europea vigente, pero con el cambio de Angela Merkel, hoy esta muy destabilizada, pero donde las coaliciones social-liberal;negro-amarillo;rojo.verde;o gran coalición, tenían gobiernos cambiantes constantemente, no como los gobiernos marxistas, que se fijan y estabilizan por muchos años en el gobierno. Es decir, en Alemania y Europa en general, los gobiernos no han sido de raíz marxista -leninista como en L.A. de fuerte influencia cubana y Venezolana, apoyadas consuetudinariamente por el marxismo de la URSS antigua o la actual Federacion Rusa.

Quiero comenzar este análisis, señalando que la constitución de la C.C., tiene cualquier cantidad de reiteraciones, preceptos que se repiten, incluso en los incisos, hasta llegar a repetir la idea de otros artículos. Pesimamente redactada, que por lo mismo muchos artículos caen en confusión y se entienden vagamente. Con reiteración de temas de monótona y diversa connotación: territorios de pueblos originarios, derechos de pueblos originarios, costumbres de pueblos originarios, lenguas de pueblos originarios, culturas de pueblos originarios, respeto a los pueblos originarios, autonomías de pueblos originarios, devolución de tierras a pueblos originarios. Temas de índole particular y reservado como derechos de reproducción sexual, de derechos humanos, de trato a los detenidos por representantes de la ley.

En fin, un verdadero Manifiesto de Orden político y casi de panfleto, que incentiva a la búsqueda de votos cautivos y que supuestamente no beneficia por igual a todos los chilenos o representantes de la población de cualquier sociedad.

Con todo lo parcial que encuentro su redacción, dirigida hacia  su fijación perpetua por leyes que quieren dejar enclavadas en el proyecto de constitución, es copia fiel de la constitución reformada de Ricardo Lagos. Que todo lo poco bueno, igualitaria, unitaria, chilena y democrática que pueda tener, es producto del trabajo que se dieron para escribir los excelentes escualidos 129 artículos de la constitución vigente versus los inoperantes y exasperantes 388 articulos de la C.C y 57 reformas transitorias.

La diferencia mayor al doble de artículos de la constitución de la C.C., creo tiene el objetivo de establecer en su texto,   leyes desde ya inamovibles, que nos lleven a un estado tirano, como los estados socialistas-comunistas. Y no correr el riesgo que sean esas leyes distintas a las pensadas, al someterse a un congreso que la C.C. ya que en su constitución acaba con el Senado, o mas bien, terminar con las decisiones de ley BICAMERAL  y con toda la importancia para mantener la democracia inmediata.

Sistema legislativo que tienen en los países mas desarrollados, es decir la existencia de un Poder Legistativo con dos Camaras, para mantener la vigencia perpetua de la Democracia y la Libertad ciudadanas de cada país.

Y no se crea que el sistema bicameral continua con la nueva constitucion, porque la camara de las regiones que reemplazaria al Senado actual, es mas un organo que tendera a politizarse, porque se organizara una por cada region, o sea grupos distintos con al menos 3 integrantes por region, demasiados, sin poder porque no tendrá la importancia de aceptar o rechazar proyectos de ley como una de las instancias para aprobar leyes. Seran los diputados quienes tomaran la decisiones fundamentales de fiscalizar las acciones del gobierno, no asi la Camara de las regiones.Esto debilita la creacion de leyes, teniendo a todas luces un proceso mucho menos democrático.

Que el 8% de sus artículos, alrededor de 32, es para establecer por ley beneficios para los pueblos originarios, que son reforzados constantemente por nuevos incisos en otros artículos, para las 11 etnias de la pluri nacionalidad, donde los mapuches, aymaras y diaguitas son casi el 90% de ellos, siendo los demás de muy baja representación total. Agreguese que los mapuches, no son originarios de Chile, sino de la prehispana Argentina colindante con la novena región, ingresando violentamente por los altos del Cautín a los territorios de los auténticos pueblos originarios ya existentes en Chile (Chincha chileno). A su vez los Araucanos o Mapuches, son el pueblo indígena mayoritario con el 10, 22% del 12, 8% de los P.O. existentes en Chile.

Cifras que en el ultimo censo del 2017 crecieron, no se como, hasta 1.745.147 mapuches, cuando en el anterior censo año 2002 se registraron solo 604.349, creciendo mas que la población total. Es decir si excluimos a los Araucanos/Mapuches no originarios de Chile, queda solo 2, 58% de pueblos originarios del total población nacional. Cual es la pretensión de hacer de Chile, una plurinacion?.Ni aun con el 12, 8% de P.O.s

En el texto del proyecto de constitución de la C.C., también se observan gran cantidad de artículos que favorecen expectativas, para aquellos sectores sociales en estado de represión porque violan la legalidad como: presidiarios, delincuentes comunes, migrantes ilegales. También una gran cantidad de artículos, que crean nuevas instituciones de probable control político como asambleas regionales, asambleas comunales, defensorías del pueblo que necesitan un fuerte financiamiento  adicional al gasto publico de hoy que simplemente no tiene el país y no tendrá.

Que si se quiere materializar todo el nuevo gasto de esta constitución, que no contempla gastos por pensiones mejores,   mejor calidad de la educación, mejor salud, supone aumentar los impuestos personales de todos los que trabajan, de los mas jóvenes, de las empresas, de las Pymes, de la clase media por todos los años que este vigente esta privilegiadora  y separatista constitución nueva de la C.C..

Que creo lo único que era necesario cambiar de la constitución vigente, era el concepto de un estado subsidiario, por el de subsidiaridad participativa o activa del estado. Pero el estado ya estaba participando con la constitución vigente, fuertemente en salud con leyes del GES de tratamiento enfermedades gratuitas (Articulo 9); educación donde los Padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos (artículo 10); vivienda (articulo19-24° ley de propiedad) (subsidio de 250-400 UF-entre 8, 38 a 13, 4 MILLONES-, para casas de valor 2.600UF en zona regular o central de Chile). Incluso en restitución de terrenos a los pueblos originarios o Mapuches por la CONADI (traspaso de 278.000 has fiscales haciendo un total de 465.000 traspasadas-https://derecho.UC.cl>noticias>) que están plenamente vigentes

Era tan mala la constitución actual? como querer cambiarla en su totalidad, porque no permitia cambiar el país hacia condiciones sociales, que supuestamente dicha constitucion no permitía? Otra falacia para ganar votos en la izquierda marxista, que no permite que ideas buenas, se transformen en ley, simplemente porque sus sector político no es el creador. Y porque en las próximas elecciones, probablemente pierdan, y eso no lo soportan. Quedar sin poder.   

La nueva constitución no pretende ni pretendía en realidad objetivos con fines de mejoras sociales.

Esto no se logra, al cambiar totalmente desde cero, yo diría en forma enfermiza por algunos grupos de fanáticos politizados y adoctrinados opositores, la constitución ya reformada y democratizada en su mayor parte, con 58 reformas de la constitución de 1980, en el  año 2005, en un Congreso pleno, aprobadas por 150 votos a favor, solo 3 en contra y 1 abstencion, después de 5 años de intensas modificaciones por el gobierno de Ricardo Lagos, que se ratificaría con su firma y la de ministros como Francisco Vidal. Este último sr. Ha sido un gran promotor del Apruebo, pero al contrario tendría que ser un gran defensor de la constitución reformada, proceso donde participó, para defender la unidad y democracia, que nos quitaría la Constitución de la C.C. 

Tampoco corresponde y es otra mentira. NO se modifica la constitución de la Dictadura, ni de los 4 generales como ha dicho el Presidente Boric en diversas oportunidades, confundiendo a la gente mas desinformada, reiterándo que cualquier otra constitución seria mejor. Totalmente Falso. Chile mejoro todos sus indicadores de status social y crecimiento economico estos últimos 30 años, con vigencia de los gobiernos democráticos y la constitución reformada de R. Lagos.

Como lo ha dicho N veces, el actual Presidente de Chile Gabriel Boric y como desgraciadamente por la “Boca Muere el Pez”, su gobierno quiere reestructurarlo todo, cambiar todo, no hacer las mejoras sociales que necesita el país y que llevaron a la aplicación del plebiscito constitucional de cambio de la carta magna. Carta que no era necesaria para hacer las mejoras sociales, carta nacida de la prepotencia callejera. Iniciado el 18 de octubre del 2019, fecha del día y mes muy representativo para movimientos izquierdistas violentistas.

¿Por qué se menciona lo anterior? Porque el Presidente conocía, cual seria el Modus Operandi que le daría la C.C. al texto de la nueva Constitución. Y a su vez los redactores de la C.C. corresponden este verdadero romance, porque  ambos procesos se complementan, para lograr sus maléficos fines de mucho menor costo administrativo, de “Igualar hacia Abajo” las diferencias sociales rebajadas al mínimo los últimos 30 años.

Y este fin no es mejorar lo ya mejorado de la Constitución del 2005 de R.Lagos.

Era crear un texto, en contravención a los principios que invocaron esta nueva carta con fines de reivindicación social (mejor pension, salud y educación, mejor ingreso mínimo)texto  que creo se puede dividir claramente en dos grandes ámbitos:

1°La Constitución de la C.C. tiende a la lucha de clases que promueve el P.C., afectando tanto en dignidad, derechos e igualdad de las personas (articulo 1°:Las PERSONAS nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Constitución vigente) otorgando privilegios desmedidos y extemporáneos, como  además territorial a P.O.s.

El país deja de ser unitario (articulo 3°, constitución vigente) que justamente transformara a Chile en estado plurinacional (articulo 1° texto constitucion Propuesta) por pueblos originarios sin mayor representación nacional, que no superan el 12, 8% de la población total, para otorgarles autonomía de territorio, aplicación de leyes especiales  para ellos, darles la categoría de naciones, y con el financiamiento del estado.

 Pero también la constitución propuesta, tiene el gran objetivo de cambiar “las estructuras” no hacia un progreso y desarrollo del país, sino con un fin doctrinario  hacia el izquierdismo ultra, como también lo pretendió Salvador Allende hacia un Estado Socialista, que terminó destruyendo el país materialmente, moralmente y humanamente.

El Presidente Boric, pasa a ser otro personaje más en Chile, Sudamérica y A. Central, que se sometieron al engaño de la doctrina Marxista-Leninista, que  puede lograr anhelos sociales, y económicos que son realmente, el producto de mucho trabajo generacional. Señor sin la madurez y experiencia debida para el cargo de Presidente.

Su gobierno ha sido durante casi 5 meses, la demostración en tiempo real a que puede llevar esta falta de madurez, entre ellas el caos administrativo al mas alto nivel, que se esperaba y no se escuchó o no se leyó por los votantes de este señor, que lo llevaron a la mas alta magistratura del país.

Que otras constituciones exigen un mínimo de 40 años para ser Presidente en Chile como las de los 80  y los 4 generales y de otras naciones.

Esto delata, para los desinformados que votaran apruebo solo por ser supuestamente una constitución de los 80 de los 4 generales, que ha difundido el sr Boric, es otro engaño suyo preelectoral.

Intervención maléfica electoral, que no ha sido reprendida por las instituciones respectivas autorizadas: Tribunal Constitucional, Tribunal Electoral, Contraloría gral de la Republica.  

Pero debe entenderse, que la sociedades progresan benéficamente, cuando  las instituciones y leyes creadas en los gobiernos democráticos y libres, manejados por instituciones políticas, funcionen regularmente y con la responsabilidad debida de sus personeros, elegidos por elecciones populares y nombramientos indirectos del Presidente de la Republica. Sentencia previa que se aplica en muy pocas naciones. Pero que se les retribuye con un mayor desarrollo económico y social.

Ejemplo de estos casos acá en Chile, para el caso especifico que estamos viviendo, de desarrollo de  plebiscitos desde el año 2020. Entre otros son: El Servicio Electoral, El Tribunal Constitucional, Tribunal Calificador de Elecciones.

El Tribunal Constitucional: Creo es la institución con mas poder para fiscalizar este tema del plebiscito de la nueva constitución actual. Esta institucion creada también por la constitución vigente  por el articulo 92, califica las reformas constitucionales (art. 93-3), y la convocatoria a Plebiscitos (art. 93-5) que creo fue ilegal y este plebiscito debe ser declarado NULO; como la constitucionalidad de organizaciones (art. 93-10) (Art. 19-15°Inciso 3) como los partidos políticos que propicien la violencia como el P.C. y el F.A.,  que deben eliminarse del sistema de partidos políticos de Chile, que no ha sido cuestionado por el T.C.

Estando el T.C. compuesto de 10 personas, nótese, 3 Ministros de la Corte Suprema, designados por esta; 4 nombrados por el Congreso y 3 por el Presidente de la Republica.

De este tribunal, no recuerdo una palabra en contra, que determinara previamente como correspondia al SERVEL Previo a un plebiscito tan importante, para señalar: los plazos, quienes podrían ser candidatos, la igualdad de participación de tendencias políticas opuestas, etc y al menos hubiera dicho legalmente, que el plebiscito del 15 y 16 mayo de 2021 de los 155 convencionales; no el de salida del 4/9, hubiera sido  con voto obligatorio.

Porque todo esto? Porque se aprovecho una situación de violencia del 18 de octubre del 2019, que presiono moralmente al poder ejecutivo Vigente, para que en noviembre del mismo año, surgiera la falsedad del acuerdo por la Paz, que fue la que determino “la innecesidad” de un  plebiscito, realizado solo 6 meses después, para que se eligieran los 155 candidatos  de la C.C. para redactar una nueva constitución total, ni siquiera imparcial.

Todo este ambiente previo de violencia pre plebiscitaria, creo hubiera ocurrido en cualquier parte del mundo desarrollado, seria declarado legalmente como NULO. Pero  menos en Latino América, que se permitió varios gobiernos espureos, tiranos y antidemocráticos de orden marxista-leninista, gobiernos con instituciones igual de irresponsables que permitió las fases previas para permitir esta situación vigente de falta de democracia hacia sus pueblos: Como en Cuba, Venezuela y Nicaragua.

Como además, cuantas fueron las menciones de aclaratorias públicas, que la actual constitución, no es la constitución del 80 de cuatro generales?

Que dijo el Contralor de la Republica?Nada.La Corte Suprema?Nada.El Tribunal Constitucional?Nada

Gobierno ULTRA de Boric, P.C. y C.C. quieren a Chile Socialista.Chavista

Constitucion nueva que limita las inversiones, la prop. Privada, facilita las expropiaciones de recursos naturales, estatiza la salud y educación, facilita el aborto

Conclusion: En Menos de seis meses, se determino un nuevo futuro para Chile. Que los que sufrimos el tiempo de Salvador Allende, sabíamos cual era el fin.

Crear  Una Asamblea Constituyente, totalmente antidemocrática, para redactar una nueva constitución y llevarnos a lo que NO pudo Salvador Allende y Fidel Castro. Ahora Son Gabriel Boric y Nicolas Maduro y Cia.

También la composición de los candidatos, de las listas, y de los independientes, fueron elegidos mayoritariamente por agrupaciones de ideas mayoritariamente de izquierda radical, que caracterizo a mas del 75% de los componentes de las 155 personas de la convención, indica  los buenos resultados de la forma espúrea de su organización previa a las elecciones, en la que ninguna institución legal, cuestionó la legalidad del proceso plebiscitario.

Servel ni el Tribunal Constitucional, instituciones creadas para fiscalizar estas acciones civicas no señalaron nada negativo en el proceso de constitución de las listas. Tampoco nada, con la  necesidad legal y en derecho electoral participativo, que a esta  convención constitucional, se presentaran candidatos en función de la igualdad ante la ley, de listas proporcionales que representaran ideas contrapuestas. No como ocurrió en la realidad, que por mala supervisión de la ley respectiva, lo hicieran listas y candidatos, yo diría, con el 75% de sus componentes con tendencia política hacia el izquierdismo, ni siquiera centro-izquierdismo, sino ultra izquierdismo y marxista-leninista.

Se estaban eligiendo candidatos, que en el  conjunto de las 155 personas de la C.C., se comportarían como un nuevo congreso o Camara, para la redacción de un texto vital en la  vida institucional del país.  

Carta lograda a través de un grupo radicalizado políticamente, y no por medio de una comisión de expertos constitucionales, que actúo como Asamblea Constituyente, que aquí en Chile se llamó Convención Constituyente, donde se presentaron como constituyentes, grupos organizados que pertenecían a los  de izquierda mas radical.

Recordando, que los componentes de derecha fueron 37 personas (23, 8%) de los 155 escaños de la convención. En la que las ideas planteadas allí, necesitaban 2/3 (66, 7%) o 103 votos para ser aprobadas?. Que podía salir redactado en esta constitución, cuando además el pleno de esta antidemocrática C.C. rechazó, todas la proposiciones de artículos presentados con el respaldo de la ciudadanía y 15.000 firmas adicionales.

Esto ocurrió preferentemente, en un tiempo cuando el izquierdismo ultra tenía composición mayoritaria en el Congreso para imponer sus ideas, como ocurrió en Chile con el gobierno de Sebastian Piñera, entre el 2018 y las elecciones  congresales y presidenciales de noviembre 2021, que equilibro las cosas en el Congreso.

Este proceso constitucional, tiene la gravedad que si es Aprobada la nueva Constitución, mas un gobierno complementario con 3 años mas de aplicación, de reconocida concepción y finalidad ultra izquierdista, Chile cae en los inicios de un camino a  un  Estado socialista, que posteriormente es muy difícil de salir, de acuerdo a los gobiernos mas directamente involucrados con Boric: Venezuela con 23 años seguidos de gobierno por la misma tendencia Chavista con Nicolas Maduro y Cuba mas de 60 años también seguidos en el poder, con mismo régimen político dictatorial de hoy.         

 Los escaños libres: fue agregar mas faltas a la democracia en la elección de los C.C., con 17 escaños,  sin elección soberana popular y por nominación directa, que fueron para representantes de los pueblos originarios, ademas concordante con el pensamiento de la ultra izquierda de este gobierno actual.

Escaños que según la constitución de la C.C., serán aplicados también en número aun no determinado totalmente, para toda nueva representación o de creación de leyes, como cámara de Diputados y Diputadas, privilegiando y beneficiando en la ley cuando se toque, a los P.O.s, como  también la Camara regional, con lo que se acaba la tradición y la igualdad electoral ante la ley, que entrega la actual constitución vigente en su articuloN° 15, que garantiza que el sufragio, será PERSONAL; IGUALITARIO;SECRETO Y VOLUNTARIO. Se acaban los sufragios democráticos:1 persona 1 voto.

Todo esto, porque muchos de los mismos candidatos de P.O.s, en zonas como la Araucania, no eran votados por sus pares originarios, con lo cual se quiebra la libre determinación de la mayor parte de los pueblos originarios, tradicionalmente pacíficos, trabajadores y no violentistas.  

Demostrándose que los escaños reservados (art. 162) es una burla de la constitución de la C.C. al sistema democrático; otra razón por lo que la actual constitución debe continuar vigente. Más aun se contradice con el art. 160, donde se establece el sufragio Universal.

Situacion extendida a la paridad de genero (art. 163), que también es ilegal, antidemocrática e involuntaria para aquellas mujeres que se sientan  obligadas a aceptar un cargo por la paridad exigida. Que sucederá cuando no hayan personas de genero femenino, que quieran aceptar el cargo?

Que la carta de la C.C.; desvergonzadamente sus creadores y promotores, califican erróneamente como democrática, no siendo así en esta sola mención, estando plena de faltas a la democracia, en todos sus extensos artículos mas incisos agregados que llegan al doble de los artículos escritos.  

Que resultado podía tener a futuro la redacción de una constitución que insisto, no arregla nada por si sola estando escrita, sino con artículos que respeten la democracia, la libertad intrínseca del ser humano, el trabajo honrado y con un financiamiento real que no lleve a la desestabilización económica y probable quiebra de las finanzas y reservas del estado como se percibe también en el texto de esta constitución de la C.C.

Carta, que cometió el error de redactar un código civil, con artículos que no son grandes lineamientos a seguir como corresponde a una constitución, sino leyes propiamente tales, o dejando la condición  pre establecida obligatoriamente de una futura ley que debe tener la estructura basica que ya determina la Constitución? Esto ya es ilegal, antidemocrático y atenta contra las libertades de la persona humana.

Tarea de redactar las leyes, que le corresponde a un Congreso bicameral, pero con dos Cámaras con igual poder como lo estima la actual constitución, con Camara Baja y Camara Alta. No como con la constitución de la C.C., que ahora elimina el Senado. Estableciendo una cámara regional de al menos 3 representantes por región (48 representantes, aun sin determinar, otra falencia)  que realmente está supeditada por la nueva constitución, a lo que determine en realidad la Cámara de Diputados, que hoy es casi de mayoría de izquierda ultra radical?

Constitución que por la forma de proceder anteriormente relatado, la hace ilegal y se puede impugnar legalmente como creo en la condición de simple ciudadano, que es Nula. Pero como proceso ya legalizado y sometido a Plebiscito, además no se puede repetir, si es Rechazado, por las condiciones preestablecidas, de la LEY 21200, articulo 142:Del Plebiscito Constitucional, que modifica el capitulo XV de la Constitucion política de Chile sobre reforma de la constitución, establecida en el decreto 100 del 2005 del texto refundido coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Dicho articulo 142, en su inciso final dice:”Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere Rechazada, continuara vigente la presente constitución”. Promulgado el 23 de diciembre del 2019. Publicado el 24 de diciembre del 2019.

Plebiscito que si es aprobada como la nueva constitución a aplicar en Chile, se apoyara justamente en estas leyes escritas en esta Carta Magna, para llevar a Chile a su transformación, exenta de la Democracia y la libertad, como cambios fundamentales del país, sin mencionar todos los demás tópicos característicos de los estados socialistas, que en este caso además pretende dividir a Chile en Multiples estados plurinacionales de pueblos originarios, sin representación importante en este país, con solo el 12, 8% de la población total, al parecer por cifras oficiales del INE proyectado, porque al censo del 2017 era del 12, 4%.

Este tipo de constituciones, es muy utilizada por los gobiernos tipo Chavistas en Latino America, convocada  y aplicada en 1999, justamente por Hugo Chavez en su gobierno en Venezuela.

Los Consejos sociales Regionales (Articulo 229-1); La Asamblea Social Comunal(Articulo 209-1);Las Comunas autónomas(Articulo 214);las regiones autónomas(Articulo 219);La Asamblea Regional (Articulo 225-incisos 1, 2 y 3), que no es la Camara Regional; como mención resumida y previa del Texto final de 388 artículos y 57 reformas transitorias de la carta de la C.C., transforman por ley a Chile en una multiplicación del dominio político vigente, a su implementación de acuerdos prácticamente sin discusión opositora política ni ciudadana, que obviamente no pretende mejorar “La casa de Todos”, sino demolerla y volver a construirla, pero dejando una casa que se llueve, con malos materiales, que hará que se caiga a pedazos en pocos años mas.

Partiendo también como información complementaria, que una constitución  tiene un promedio de 20 a 40 años en su vigencia según informan connotados estudiosos constitucionalistas  como Sebastian Soto, que es someter a una nación a toda una generación futura de Chile, a sufrir la aplicación de sus leyes, mas que directrices, como correspondia a una Constitucion que mejoraría los elementos que estaban funcionando mal en este Chile post democrático, ya de 32 años., como pensiones, salud, educación, que curiosamente la clase política nunca quiso apurar, como es el caso de las pensiones, que lleva ya mas de 10 años en estudio en el Congreso.

 Para terminar, hoy tenemos un cuadro de terrorismo disfrazado por  pseudo-exigencias sociales en la Macro- zona- sur que este proyecto de constitución, no ha dicho expresamente Nada especifico, que lo norme como la constitución vigente con el articulo 9 que dice que el Terrrorismo es por esencia contrario a los derechos Humanos.

La salud en manos del estado, que este proyecto de constitución estimula fundamentalmente, supone la eliminación de emprendimientos particulares, llevando a la quiebra a las Isapres, producirá cesantia laboral, y auyentar inversiones con todo lo negativo que implica,  canalizando todo sus clientes al sector estatal, que ya esta sobrepasado de atenciones y con esto será peor.

Dentro del fomento de la Nueva Constitución a las estatizaciones también está la limitación que producirá en la paralizacion de obras surgidas de la probable estatización de las minas y los recursos de agua en todas sus formas.

Esta es otra condición  que tiende a politizar las funciones del estado, impidiendo el incentivo de las inversiones externas e internas, porque se quiere con la constitución de la C.C. al estado como dueño de todos los recursos naturales, que es el peor manejador de los recursos, justamente porque las decisiones no son producto del mejor manejo del concepto costo/beneficio económico, son resultado del manejo costo/beneficio POLITICO, siendo siempre asi en este tipo de gobiernos.

Por lo que puede en cualquier momento suspender cualquier trato o contrato de explotación de estos recursos mineros en cualquier estado. Como también la suspensión de las obras actuales, trayendo cesantia laboral como primera medida, la falta de producción exportable e ingreso de dólares al país, y la probable escasez de productos agro-alimentarios para el consumo interno en un futuro cercano.

Con la falta al incentivo de inversión de la constitución proyecto de la C.C., esto tiene efectos multilaterales en todas las áreas de producción que el país produce ingresos, toma de mano de obra, ingreso de dólares, estabilidad económica, mejores sueldos, mejores beneficios para el trabajador y el país por el aumento de personas pagando el IVA y los impuestos que indudablemente son mayores. Estos mejores indicadores señalados, decaen paulatinamente en los gobiernos, que tienen como matriz de funcionamiento a una constitución como la nueva propuesta, solo por los simples rasgos estatistas y de expropiación que figuran en su texto, sin considerar los incisos que tienden al control político y personal de las grandes masas de personas en todo su orden social.

Termino diciendo que a la lectura personal del texto de la nueva constitución, 121 articulos sin contar los incisos agregados, son al parecer de este autor por decir los menos, altamente dañinos para la población y las estructuras del país.

Agregado el hecho, que solo un articulo de cualquier constitución en cualquier país del mundo, que este dentro del total de artículos de alguna carta magna, que tiene alguna intención política totalitaria puede acabar con las libertades personales, las libertades colectivas, la democracia nacional, la seguridad colectiva en las calles incentivando acciones delictuales y narcotráfico, el libre emprendimiento en los negocios sea grandes o pequeñas inversiones, el progreso de las clases medias, el derecho a la propiedad privada en cualquier ámbito, la igualdad ante la ley, el derecho inalienable de la familia a educar a sus hijos, el estado de derecho sin privilegios de raza, a determinar la salud y educación que mis medios puedan obtener,   los beneficios sociales elegidos libremente, el derecho a circular por cualquier parte de MI país, el progreso colectivo logrado a través del estudio y el trabajo dentro de lo que manden las leyes. Y que curiosamente ya se están desarrollando en Chile estos ultimo 4 a 5 meses, me obligan a Rechazar todas estas imposiciones, decretadas por una nueva constitución y por leyes asociadas que aun no han sido creadas, que volverán la situación mucho peor de lo que está, condición que como se ha visto en los demás países en esta situación en L.A., se vuelven eternas, sin la maravillosa ALTERNANCIA POLITICA EN EL PODER.

Eso se llama DEMOCRACIA junto a su hermana la LIBERTAD Total, en mi país y patria, de extremo a extremo y de mar a cordillera.

Resumen de artículos sumarios altamente destructivos para el país, los chilenos, su paz, libertad y democracia:

Articulo 1:Estado plurinacional. Articulo 2: Soberania conformada por diversas naciones. Articulo 5-1-2-3:Chile reconoce diversos pueblos y naciones, las 11 etnias, respetando, promoviendo, protegiendo y garantizando sus derechos.Articulo 6:Paridad de 50%. Articulo 7:Entidades territoriales autónomas y entidades especiales. Articulo 12:El estado es plurilingüe. Articulo 13-2:Estado reconoce símbolos y emblemas de P.O.s. Articulo 14-3:Chile declara a America Latina y el Caribe como prioritarios en sus relaciones internacionales. Articulo 18:1-2-3:los naturales o P.O.s son titulares de derechos fundamentales-Reiteración de inciso. La naturaleza es titular de derechos de esta constitución. Articulo 20-2:El financiamiento del estado es progresivo para los derechos fundamentales. Articulo 25:En Chile no hay grupos privilegiado. Contradicción con articulo 5-1-2-3. Articulo 34:P.O.s tienen derecho a la autonomía, autogobierno, protección de sus territorios. Articulo 36-5:constitución reconoce, autonomía de P.O.s para desarrollar sus propios establecimientos educacionales.Es un probable nuevo costo para el Estado(N.C.E.). Articulo 37-4:En Cada región existirá, al menos una universidad estatal (N.C.E.). Articulo 41-3 Los profesores y educadores son titulares de la libertad de Cátedra. Otorga mal uso del sistema o adoctrinamiento con cualquier fin, siendo legal. Articulo 44-2: P.O.s tienen derecho a sus propias medicinas. Otro privilegio y un nuevo gasto del estado (N.C.E.) en atenciones sistema publico de atención. Articulo 50-1-2: Estado garantiza derecho al cuidado por un sistema Integral de Cuidados. (N.C.E.)Nueva institución estatal creada. Articulo 51-1: Derecho a una vivienda digna, pero no propia. ¿Contradicción con la negación de la  nueva constitución con la propiedad privada? Articulo 54-1-2 Deber del estado de asegurar seguridad alimentaria y producción agropecuaria. Contradicción con limitación de constitución nueva sobre estatizacion de derechos del Agua (art. 57-1-2, Art. 58), que paraliza inversiones y trabajo actual en esa área. Articulo 57-1: Es Deber del estado garantizar el derecho al agua. Estatiza, impide trabajo de empresas actuales agropecuarias; auyenta inversiones externas y nacionales. Articulo 58: constitución garantiza a P.O.s el uso de aguas en autonomías o territorios de P.O.s. Estatiza a precio justo ( pago a 30 años? Como Allende?)Cualquier faena cercana a Macro zona sur, paralizara labores  de trabajo trayendo cesantia a trabajadores de esa zona por temor a expropiaciones. Escasez de alimentos. Aumento de precios y de inflación. Articulo 61: Toda persona y dale con el titular, es titular de derechos reproductivos, el placer y la anticoncepción. Legaliza el Aborto y el asesinato de niños no natos que no se pueden defender directamente, sino a través de una sociedad sensible y no permisiva de atrocidades dadas por ley. Contradicción con articulo 21 de este mismo texto: Toda persona tiene derecho a la vida y la integridad personal. Permite actividades ligadas al placer, que pueden ser ilegales tanto en personas como empresas que exploten el rubro.

Cuantas contradicciones van ya. Acción poco profesional de la C.C. Rige lo uno o lo otro. No dos artículos que se contradicen. Artículo 66: Los P.O.s deben consultarse previamente por medidas administrativas y legislativas que les afecten. Otro privilegio mas. Las leyes son de por si permisivas, en función del beneficio colectivo. Queda este beneficio al aplicar una ley, bajo los privilegios otorgados a P.O.s de poca representación en Chile(12, 8%). Articulo 69:Toda persona tiene derecho a la libre circulación en territorio nacional. Contradiccion efectiva con el articulo 5-1-2-3 de la pluri nacionalidad que otorga autonomía de gobierno, autonomia territorial, derechos de agua a los P.O.s, quienes podrán condiciones a los chilenos por circular en sus llamados “territorios”.  

En la próxima publicación de WordPress y Globedia internacional, detallare el resto de artículos puntuales que creo, son destructivos para Chile como país, nacion y territorio aun libre y democrático.

Gracias a Dios

Nelson Castro Quintana

Para Globedia Internacional Y WordPress

Santiago de Chile

11 de agosto del 2022.


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